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ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN ÓPTICA, SEÑALES EN LOS VEHÍCULOS

DISPOSITIVOS LUMINOSOS

Las funciones de estos dispositivos son:
A.- Ver.
B.- Ser visto.
C.- Advertir maniobras.

Como norma general las luces de la parte delantera deben ser blancas y la de la parte posterior rojas.
Está prohibido instalar en los vehículos más luces que las autorizadas, prohibíendose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados.
  • Las luces posteriores de posición deben estar encendidas siempre que el vehículo tenga encendida cualquiera de las luces de carretera, cruce, delanteras de posición, placa posterior de matrícula o las luces antiniebla.
  • Las luces de posición delanteras deben estar encendidas siempre que lo estén las de cruce, las de carretera o las luces antiniebla delanteras salvo cuando se utilizan para dar avisos luminosos (ráfagas).
  • Las luces antiniebla traseras sólo podrán encenderse cuando lo estén también las de carretera, las de cruce o las luces antiniebla delanteras.

LUCES CON FUNCIÓN DE VER

Las luces que tienen la función de ver son las de:

1.- Largo alcance o carretera.
1.- Corto alcance o cruce.
3.- Antiniebla delantera.
4.- Marcha atrás.

LUZ DE LARGO ALCANCE O CARRETERA

Es la encargada de alumbrar una distancia larga de la vía por delante del vehículo.

Este tipo de luces es obligatorio para todos los automóviles y opcional para ciclomotores y vehículos especiales.

Su color es el blanco.

LUZ DE CORTO ALCANCE O CRUCE

Alumbra la vía por delante del vehículo, sin deslumbrar ni molestar a los conductores que vengan en sentido contrario, ni a los demás usuarios de la vía.

Son obligatorias para los automóviles, ciclomotores y vehículos especiales.

Su color es el blanco.

LUZ DE NIEBLA (ANTINIEBLA DELANTERO)

Este tipo de luz aumenta la iluminación de la vía por delante en condiciones adversas (meteorológicas o ambientales) que disminuyan sensiblemente la visibilidad.

No son obligatorias para ningún vehículo, opcionalmente pueden llevarla los vehículos  de motor.

Su color es blanco o amarillo selectivo.

LUZ DE MARCHA ATRÁS

Es la encargada de iluminar la vía por detrás del vehículo y advierte a los usuarios de la vía que el vehículo va, o está a punto de ir marcha atrás.

Es obligatoria para los automóviles, excepto las motocicletas. Es opcional para los demás.

El color es blanco no deslumbrante.



LUCES CON FUNCIÓN DE SER VISTO



Las luces que cumplen esta función son:

1.- Luz delantera de posición.
2.- Luz trasera de posición.
3.- Luz lateral de posición.
4.- Dispositivos reflectantes (Captafaros o catadióptricos o retroctadióptricos).
5.- Luz de gálibo.
6.- Luz de estacionamiento.
7.- Luz indicadora de dirección.
8.- Luz o señal de emergencia.
9.- Luz de niebla (Antiniebla trasero).
10.- Luz de frenado.
11.- Luz placa posterior de matrícula.
12.- Luz de alumbrado interior.

LUZ DELANTERA DE POSICIÓN

Indica la presencia y anchura del vehículo cuando se le ve desde delante.

Es obligatoria para todos los vehículos, excepto para los ciclomotores de 2 ruedas.

Las bicicletas, para que tengan permitido circular de noche, también lo necesitan.

El color es blanco.

LUZ TRASERA DE POSICIÓN

Indica la presencia y anchura del vehículo cuando se le ve desde atrás.

Es obligatoria para los mismos vehículos que las delanteras de posición, incluidos los ciclomotores.

Su color es rojo no deslumbrante.



LUZ LATERAL DE POSICIÓN

Indica la presencia en vehículos cuando se vea de lado.

Es obligatoria en vehículos cuya longitud supere 6 metros, excepto cabinas con bastidor. Opcional en los demás.

El color es amarillo auto.
Escepcionalmente pueden ser rojas, si están agrupadas o incorporadas con un dispositivo trasero.

DISPOSITIVOS REFLECTANTES

(Captafaros o catadióptricos o retrocatadióptricos)

Señala la presencia del vehículo mediante la reflexión de la luz procedente de una fuente luminosa independiente de dicho vehículo, hallándose el observador cerca de la fuente.

Por la parte delantera sólo será obligatorio en los remolques.

Por la parte trasera será obligatorio en todos los vehículos.

En la parte trasera de los remolques será de forma triangular, prohibiéndose esta forma para todos los demás.

El color es blanco si es delantero, amarillo-auto si es lateral y rojo si es trasero.

LUZ DE GÁLIBO

Señaliza la anchura total del vehículo.
Obligatoria para vehículos que excedan de 2,10 m. de anchura. Opcional para vehículos con anchura entre 1,80 y 2,10 metros.

El color es el blanco en la parte delantera y rojo en la posterior.






LUZ DE ESTACIONAMIENTO

Señaliza y advierte en poblado de la presencia de un vehículo estacionado.

El color en el alumbrado delantero será blanco, en el alumbrado trasero será rojo y en el lateral será amarillo-auto.

Esta luz no es obligatoria, es opcional.




LUZ INDICADORA DE DIRECCIÓN

Advierte a los usuarios que el conductor quiere cambiar de dirección a la derecha o a la izquierda (desplazarse lateralmente).

El color es amarillo-auto, visible, tanto de día como de noche, por delante y por detrás del vehículo y, si fuera necesario, también por los laterales. Deben ser extinguidos tan pronto como  termine la maniobra.

Es obligatoria para todos los vehículos de motor y los remolques y semirremolques.

LUZ O SEÑAL DE EMERGENCIA

Advierte que el vehículo representa temporalmente un peligro para los demás usuarios de la vía.

Es un dispositivo que hace funcionar simultáneamente todas las luces indicadoras de dirección.

Es obligatorio en vehículos de motor y sus remolques, excepto en motocicletas, donde es opcional.

LUZ DE NIEBLA

(Antiniebla trasero)

Sirve para hacer el vehículo más visible por su parte posterior, en condiciones adversas de visibilidad, (meteorológico o ambiental).

Es obligatoria para los automóviles, y sus remoques, excepto motocicletas. En los demás vehículos de motor y remolques es opcional. 





LUZ DE FRENADO

Indica a los demás usuarios de la vía que estén detrás del mismo, que el conductor de éste, está accionado el freno de servicio. 
Es obligatoria para los vehículos de motor, ciclomotores y sus remolques.

El color es rojo, de intensidad considerablemente superior a la luz trasera de posición. 

Luz de Freno

Es una luz del mismo color y características que las otras, colocada centrada y sobreelevada.

LUZ PLACA POSTERIOR MATRÍCULA

Ilumina el lugar en el que se colocará la placa posterior de matrícula.

Es obligatoria en vehículos de motor y sus remolques, que tengan placa de matrícula.

El color es blanco no deslumbrante.
Debe encenderse siempre que se tenga encendida la luz de posición.

LUZ DE ALUMBRADO INTERIOR

Ilumina el habitáculo del vehículo sin deslumbrar, ni molestar a los demás  usuarios de la vía. 

Es obligatoria únicamente para los automóviles destinados al servicio público de viajeros y alquiler con conductor.





DISPOSITIVOS EN LOS VEHÍCULOS


V-5 Vehículo lento. Que por construcción, no puede sobrepasar 40 km/h.

V-6 Vehículo largo. Vehículo, o conjunto de vehículos con longitud superior a 12 m.

V-7 Distintivo de nacionalidad española

V-8 Distintivo de nacionalidad extranjera.

Indica que el vehículo está matriculado en el país a que corresponden las siglas que contiene, siendo su instalación obligatoria para circular por España.
V-10 Transporte escolar.
La Placa de Transporte Escolar Señal V10 deberá colocarse dentro del vehículo, en la parte frontal y en la parte posterior del mismo, de forma que resulte visible desde el exterior.

V-11 Transporte de mercancías peligrosas.

V-20 Panel para cargas que sobresalen posteriormente.

Colocación correcta de los paneles en un turismo que transporta una bicicleta salvo por el detalle que debe de verse el alumbrado de frenado y los intermitentes con un dispositivo portátil, no lo olvidéis y hay que colocarlo en una zona visible de la parte trasera.

UTILIZACIÓN DEL ALUMBRADO, NORMAS GENERALES

Todos los vehículos están obligados a utilizar el alumbrado para circular entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores o tramos de vía afectados por la señal "Tunel"

USO OBLIGATORIO DE ALUMBRADO PARA CIRCULAR LOS VEHÍCULOS A MOTOR:

Deben llevar encendido el alumbrado que corresponda, que, sin perjuicio de lo ordenado para los vehículos de motor y que veremos más adelante será:
  • Para todos los vehículos: luces de posición.
  • Para vehículos cuya anchura total exceda de 2.10 metros: también de gálibo.
Estas normas mínimas afectan a todos lo vehículos, incluso ciclos, tracción animal, etc. El uso obligatorio de alumbrado para circular los vehículos a motor es:

a) En poblado: siempre de corto alcance.
b) Fuera de poblado:
  • si la vía está suficientemente iluminada, siempre corto alcance.
  • si la vía está insuficientemente iluminada, largo alcance, salvo que deslumbre o circule sin superar los 40 km/h.

ALUMBRADO DE LARGO ALCANCE

Todo vehículo equipado con luz de largo alcance o carretera, que circule a más de 40 kilómetros por hora, entre el ocaso y la salida del sol, fuera de poblado, por vías insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día, por túneles, paso inferiores y tramos de vía afectados por la señal de "Túnel" insuficientemente iluminados, la llevará encendida, excepto cuando haya de utilizarse la de corto alcance o de cruce, especialmente para evitar los deslumbramientos.

El alumbrado de largo alcance, podrá encenderse aisladamente o con la de corto alcance.

Se Prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera:
  • Siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado
  • El empleo alternativo en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en las normas.

VIA INSUFICIENTEMENTE ILUMINADA

Es aquella en la que, con vista normal, en algún punto de su calzada no puede leerse la placa de matrícula a 10 metros o no se distingue un vehículo pintado de oscuro a 50 metros de distancia.

ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE

Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles, paso inferiores y tramos de vía afectados por al señal "Túnel" suficientemente iluminados, llevará encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce.

Igualmente, llevará encendido dicho alumbrado, en los poblados, cuando la vía esté insuficientemente iluminada.

Todo vehículo de motor debe también llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce al circular por vías interurbanas suficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles y demás tramos afectados  por la señal de "Túnel" insuficientemente iluminados, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) No disponer de alumbrado de largo alcance.

b) Circular a velocidad no superior a 40 km/h. y no estar utilizando el alumbrado de largo alcance.

c) Posibilidad de producir deslumbramiento a otros usuarios de la vía pública.

USO OBLIGATORIO DE DÍA

Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o de cruce las motocicletas y todos los vehículos que circulen por:
  • Un carril reversible
  • Un carril habilitado para circular en sentido contrario o en el contiguo o 
  • Un carril adicional circunstancial.
Aunque no es obligatorio, se recomienda que los ciclomotores de 2 ruedas también la lleven encendida.

DESLUMBRAMIENTO

Cuando se produce deslumbramiento es obligatorio sustituir las luces de largo alcance por las de corto alcance.
  • Tan pronto como se aprecie la posibilidad de producir deslumbramiento a otros usuarios de la misma vía o de cualquier otra vía de comunicación y muy especialmente a los conductores de vehículos que circulen en sentido contrario, y aunque éstos no cumplan esta prescripción, no restableciendo el alumbrado de carretera hasta rebasar, en el cruce, la posición del vehículo cruzado.
  • La misma precaución se guardará respecto a los vehículos que circulen en el mismo sentido y cuyos conductores puedan ser deslumbrados a través del espejo retrovisor.

Actuación en caso de deslumbramiento

Cuando un conductor sufre deslumbramiento, reducirá la velocidad lo necesario, incluso hasta la detención total, para evitar el alcance de vehículos o peatones que circulen en el mismo sentido.

ALUMBRADO DE LA PLACA POSTERIOR DE LA MATRÍCULA

Todo vehículo que se encuentre en la obligación de llevar encendido algún alumbrado, debe también llevar siempre iluminada la placa posterior de matrícula y, en su caso, las otras placas o distintivos iluminados de los que reglamentariamente haya de estar dotado, teniendo en cuenta sus características o el servicio que preste.

INMOVILIZACIONES. ALUMBRADO

Todo vehículo que, por cualquier circunstancia se encuentre inmovilizado, en los casos en que para circular es obligatorio el uso de algún alumbrado, en calzada o arcén de una vía, deberá tener encendidas las luces de posición y, en su caso, las de gálibo.

Es decir, debe tener encendidas las luces de posición cuando esté:
  • Detenido, parado o estacionado en la calzada o arcén de la vía interurbana (suficientemente o insuficientemente iluminada).
  • Detenido o parado en la calzada o arcén de travesía (suficientemente o insuficientemente iluminada).

ESTACIONAMIENTO EN TRAVESÍAS INSUFICIENTEMENTE ILUMINADAS

Con carácter general deberán tenerse encendidas, las luces de posición.

SUSTITUCIÓN POR LA LUZ DE ESTACIONAMIENTO

Todo vehículo parado o estacionado entre el ocaso y la salida del sol en calzada o arcén de una travesía insuficientemente iluninada, deberá tener encendidas las luces de posición, pudiendo sustituirlas por las de estacionamiento, o por las dos de posición del lado correspondiente a la calzada, cuando se halle estacionado en línea.

ESTACIONAMIENTO EN VÍAS DE POBLADO QUE NO SEAN TRAVESÍAS

En estas vías urbanas, no será obligatorio que los vehículos estacionados tengan encendidas las luces de posición cuando la iluminación permita a otros usuarios distinguirlos a una distancia suficiente.
Esta posibilidad se aplica aunque la vía sea insuficientemente iluminada.

INUTILIZACIÓN O AVERÍA DEL ALUMBRADO

Si por inutilización o avería irreparable en ruta del alumbrado correspondiente, se hubiere de circular con alumbrado de intensidad inferior, se deberá reducir la velocidad hasta la que permita la detención del vehículo dentro de la zona iluminada.

SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA

Utilización:

Para señalar la posición del vehículo, tanto detenido como en movimiento, y advertir el peligro que temporalmente constituye, en cualquier vía y tanto de día como de noche, por razón de:
  1. avería
  2. accidente
  3. caída de su carga
  4. malestar físico de sus ocupantes u
  5. otra emergencia.
Señaliza la presencia de un vehículo inmovilizado en autopista o en autovía, o en lugares o en circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
Su utilización no exime de la obligación del alumbrado de posición, en los caso en que proceda, o del uso de los triángulos de preseñalización.

Además es obligatoria la utilización de las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia, cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance.

ALUMBRADO EN INMOVILIZACIONES EN TÚNELES Y LUGARES CERRADOS

Se utilizarán las luces de posición cuando el conductor se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un periodo de tiempo superior a dos minutos.

SUPUESTOS ESPECIALES DE ALUMBRADO

Condiciones que disminuyen la visibilidad

Será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones metereológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de:
  • Niebla
  • Lluvia intensa.
  • Nevada
  • Nubes de humo o polvo o 
  • Cualquier circunstancia análoga.
En estos casos deberá utilizarse, alguno de los siguientes alumbrados, o simultáneamente dos de ellos, o incluso los tres:
  • La luz antiniebla delantera o 
  • La luz de corto alcance o
  • La luz de largo alcance.
La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance, o, incluso, con la de largo alcance.

Otros usos de la luz antiniebla delantera

Esta luz sólo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas.
Se entiende por tales las que, teniendo una calzada de 6.50 m. de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí.

LUZ ANTINIEBLA TRASERA

Solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de:
  • Niebla espesa
  • Lluvia muy intensa
  • Fuerte nevada o humo
  • Nubes densas de polvo o humo


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IMPORTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

El tráfico es un fenómeno muy amplio que nos implica tanto a los conductores de algún tipo de vehículo como a los peatones.

Es por ello que tenemos que considerar el tráfico como un fenómeno social, ya que la circulación significa compartir un espacio y convivir con él.

Las vías públicas son un bien común, por lo que para garantizar el derecho a la circulación y a la seguridad de todos sus usuarios, es necesaria una correcta regulación social y legal, que contenga programas de formación y penalizaciones disuasorias para todos aquellos que incumplan con sus obligaciones.

La circulación vial debe regularse por unos principios que aseguren un sistema de tráfico eficaz así como la convivencia entre los diferentes usuarios.

Las normas sobre el sistema de tráfico están siempre en continuo cambio y evolución tratando de lograr un único objetivo, el de garantizar nuestra seguridad y reducir el número de accidentes.

Debemos entender por tanto, que para que la circulación sea más fácil, más cómoda y sobre todo más segura hace falta que todos intentemos cumplir correcta y adecuadamente con las normas de tráfico establecidas y aprendamos a respetar los derechos de los demás usuarios.

Las normas del Reglamento General de Conductores garantizan que toda persona que conduce un vehículo en una vía pública en principio se halla debidamente capacitada para hacerlo. Por ello, es importante que cumplamos la normativa respecto a la obtención y renovación del permiso de conducir, así como evitar la circulación si nos encontramos bajo alguna de las condiciones que afectan a las capacidades básicas necesarias para una adecuada seguridad en la conducción.
Nota: Las personas que hacemos uso de las vías públicas debemos mostrar un comportamiento correcto, siguiendo una serie de pautas, tales como no molestar (respetar a los demás), no sorprender (al resto de los usuarios con maniobras realizadas de manera imprevista), advertir (correctamente de nuestras intenciones) y comprender y tolerar los errores de los demás, facilitando la conducción al resto de los conductores, especialmente de aquellos con menos experiencia  o con mayores dificultades para circular. 

Principios sobre los que debe basarse el tráfico

  • El principio de confianza: conocer y cumplir las normas para garantizar la seguridad de todos los usuarios de las vías, por lo que debemos respetarlas para que se confíe en nosotros como conductores y como peatones.
  • El principio de responsabilidad: la sociedad nos concede la convicción de que cuando nos subimos a un vehículo o cuando circulamos como peatones todos somos responsables de nuestros actos. Cuando tomamos decisiones erróneas o cuando nos comportamos de manera irresponsable en el ámbito vial se rompe la seguridad en la circulación.
  • El principio de precaución: en la carretera debemos tener confianza, con la debida prudencia, en las conductas de los demás y debemos, además, ser tolerantes con los errores de los usuarios, ya que todos en algún momento los hemos cometido o los podemos cometer.
  • El principio de la seguridad en la conducción: si todos cumplimos y tomamos las medidas de seguridad adecuadas a cada circunstancia conseguiremos un sistema de tráfico eficaz y seguro.
Son muchos los comportamientos en el tráfico que se consideran delitos, o que al menos pueden ser sancionados con una multa.
Nota: Al igual que en el caso del conductor, es también muy importante garantizar y comprobar que los vehículos se encuentren en un estado adecuado para la circulación en las vías públicas. Es por esto que debemos cumplir con la normativa respecto a las Inspecciones Técnicas de Vehículos, realizar el mantenimiento mínimo exigible y, en definitiva, ser conscientes de que poseer y circular con un vehículo nos hace responsables de las consecuencias que pudieran derivarse de su mal estado.
Todo ello ha de hacernos reflexionar nuevamente sobre el carácter social que tiene la circulación, según el cual todos tenemos el mismo derecho a compartir las vías públicas y, en consecuencia, comprender que ciertos actos que atentan contra el bien y la seguridad común han de ser debidamente castigados.

ACCIDENTES EN EL ÁMBITO DEL TRANSPORTE

TIPO DE ACCIDENTES



Dentro de los efectos negativos que el trabajo puede tener para la salud, los accidentes son los indicadores inmediatos y más evidentes de unas malas condiciones de trabajo y, dada su gravedad, la lucha contra los accidentes es siempre el primer paso de toda actividad preventiva.

Los accidentes producen sufrimientos físicos y morales al trabajador y a su familia, reducen temporal o definitivamente la posibilidad de trabajar, lo que supondrá, además de las consecuencias negativas para la salud física, un freno para el desarrollo personal del individuo como ser transformado, ya que le priva total o parcialmente de poderse realizar personal o socialmente.

Legalmente se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

Esta definición legal se refiere tanto a las lesiones que se producen en el centro de trabajo como a las producidas en el trayecto habitual entre éste y el domicilio del trabajador.

Si ahora lo miramos desde el punto técnico, el accidente de trabajo es todo suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de forma brusca e inesperada, aunque normalmente es evitable, que interrumpe la normal continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas.

Los accidentes, por muy inesperados sorprendentes o indeseados que sean, no surgen por generación espontánea ni por casualidad. Son consecuencia y efecto de una situación anterior. Si los accidentes surgieran de la nada, por generación espontánea, no cabría ninguna defensa preventiva.

Tipos de Accidentes

  • Accidente laboral: es el ocurrido por o durante el trabajo sea  cual fuere la causa.
  • Accidente laboral declarado: accidente que causa la muerte, incapacidad permanente o temporal durante más de tres días.
  • Accidente in itinere: accidente que ocurre durante el trayecto que une el lugar del trabajo con el domicilio del trabajador.
  • Accidente "en misión": accidente que tienen lugar cuando se está cumpliendo con alguna de las tareas del propio trabajo que impliquen la conducción de un vehículo.
  • Accidente leve: es el que provoca una incapacidad laboral no superior a tres días.
  • Accidente grave: es el que provoca una incapacidad laboral prolongada (más de tres días).
  • Accidente mortal: es el que provoca la muerte en el lugar del trabajo en otro lugar, pero como consecuencia del accidente.
Las complicadas condiciones de trabajo que se dan en el transporte por carretera dan lugar a una alta tasa de siniestralidad. El 12% de los conductores afirma haber sufrido accidentes de trabajo en lo últimos dos años, incluyendo en éstos a los accidentes de tráfico. Este porcentaje aumenta en los conductores jóvenes y en los que hacen trayectos internacionales.

Los mayores riesgos que se pueden relacionar con la actividad del transporte son aquellos que tienen que ver con los accidentes de tráfico, con los accidentes asociados con el transporte de mercancías peligrosas, y con los accidentes en trabajos de carga y descarga y de mantenimiento de los vehículos.

Recordad que hay que colocar el panel para cargas que sobresalen, el vehículo de la imagen lleva escolta, pero aún así es evidente su mal señalización, si vemos donde ha colocado el panel, justo detrás de la defensa del camión, donde no lo ve nadie, los paneles han de ir detrás y cuando la carga sobresale por todo el ancho del vehículo se han de poner dos paneles, y a partir de 0,40 centímetros desde alumbrado de posición, una luz blanca en cada extremo delante y una luz roja en cada extremo detrás, que deberán de ir encendidas durante la noche o en condiciones de visibilidad reducida.

También se pueden producir diferentes alteraciones en la salud a causa de diferentes circunstancias, tales como, la obligatoriedad de mantener siempre las mismas posturas forzadas y sedentarias (se está durante mucho tiempo sentado e inmovilizado); trastornos en los ritmos del sueño y de la digestión (trabajos nocturnos, cambios en los turnos de trabajo, comidas a destiempo), fatiga y ansiedad causados por diferentes motivos (las circunstancias del tráfico; la especial responsabilidad que tienen los conductores profesionales en el campo de la seguridad vial si hablamos del transporte de viajeros; jornadas laborales excesivamente largas en algunas ocasiones; apuesta económica personal, en el caso de los transportistas autónomos, ya que el vehículo es su medio de vida y también podríamos hablar de cierto deterioro de las relaciones sociales debido a las continuas y en ocasiones, largas ausencias).

El conductor profesional registra una alta tasa de accidentalidad, por lo que es fundamental respetar en todo momento las normas y recomendaciones de seguridad.

Las estadísticas indican que el transporte por carretera es la actividad económica que ocupa el tercer lugar con respecto a los accidentes mortales, y que los conductores y operadores de maquinaria móvil son, a su vez, el tercer grupo en número de accidentes mortales y, de éstos, más de la mitad los sufren los conductores de camión.

Usar las escaleras apropiadas para realizar los trabajos en lugares de difícil acceso reducirá notablemente el tiempo en ejecutar dichos trabajos y también la siniestralidad en el lugar de trabajo.

Entre los conductores profesionales los accidentes de tráfico constituyen la principal causa de siniestralidad, pero no por ello se debe dar menos importancia a los accidentes que se producen mientras se desarrollan otras tareas, tales como las de mantenimiento de los vehículos y las de carga y descarga (el 27% de los accidentes) en el caso de transportes de mercancías.

Para realizar algunos trabajos que no entrañen riesgo es conveniente tomar medidas si las condiciones climatológicas no ayudan, por ejemplo con viento en lugares elevados.

Los riesgos de sufrir un accidente están siempre presentes, por lo que no se debe descuidar la vigilancia cuando se realizan tareas diferentes a la conducción, sobre todo en lo referente a las operaciones de carga y descarga y mantenimiento.

Accidentes laborales del sector del transporte

  • Caídas de personas a distinto nivel.
  • Caidas de personas al mismo nivel.
  • Atropellos por vehículos y maquinaria auxiliar.
  • Exposición continuada a vibraciones.
  • Golpes con herramientas y otros objetos.
  • Sobreesfuerzo.
  • Caída de objetos al manipularlos.
  • Aplastamiento por vuelco de la maquinaria de trabajo.
  • Descargas eléctricas.
  • Proyección de líquidos contra el cuerpo.
  • Incendios.
Hay que destacar que los accidentes que causan una mayor tasa de mortalidad son los atropellos y las caídas a distinto nivel, mientras que los que causan un menor índice de mortalidad son los sobreesfuerzos.

Cuando hablamos de los accidentes, gran parte de ellos no se deben a una sola causa, sino que son la suma de varias de ellas: problemas de organización, el mal estado de las herramientas o materiales y un comportamiento inadecuado por parte del trabajador.

CAÍDAS DESDE DISTINTO NIVEL












También hemos de tener en cuenta a los factores psíquicos como elementos que influyen en determinados accidentes de trabajo en el transporte. Los conductores profesionales desempeñan su trabajo en unas condiciones especiales de esfuerzo mental, ya que es necesario mantener un nivel de atención muy alto y estar realizando de forma constante tareas muy repetitivas y de muy corta duración; y todo ello con un ritmo de trabajo elevado. Esto da lugar a la aparición de la fatiga y la ansiedad en el conductor facilitando la aparición de futuros fallos y equivocaciones.


CAÍDAS DE PERSONAS AL MISMO NIVEL

  • Se producen por:
    • Falta de señalización
    • Iluminación incorrecta
    • Suelo deslizante a causa e agua, aceite u otros
    • Falta de orden y limpieza en zonas de carga y descarga y en pasillos de paso
  • Causando:
    • Heridas superficiales
    • Hematomas
    • Rozaduras
    • Esguinces
    • Inflamaciones musculares
    • Fracturas de huesos

ATROPELLOS O ACCIDENTES POR VEHÍCULOS EN EL RECINTO DE CARGA Y DESCARGA DE CAMIONES POR LOS TRANSPALETS Y CARRETILLAS ELEVADORAS

  • Se producen por:
    • Detener el vehículo en zonas no autorizadas y peligrosas no asegurando su inmovilización.
    • Velocidad inadecuada
    • Cansancio generado por el exceso en horas de conducción
    • Las características del vehículo no son las adecuadas al uso y lugar de utilización
  • Causando:
    • Hematomas
    • Traumatismos
    • Heridas internas
    • Derrames
    • Fracturas de huesos
    • Muerte

EXPOSICIÓN A VIBRACIONES

  • Se producen por:
    • Diseño defectuoso del asiento del conductor
    • Posturas inadecuadas de conducción
    • Mantenimiento incorrecto del vehículo
    • Firme deficiente
  • Causando:
    • Hernias
    • Trastornos de visión
    • Artrosis del codo
    • Lesiones de muñeca
    • Aumento de enfermedades digestivas
    • Calambres
    • Trastornos nerviosos
    • Alteraciones en el sistema músculo-esquelético
Cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte del trabajador/es, tal como el elevamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, puede implicar riesgos debido a las características ergonómicas inapropiadas de determinadas cargas.


Si queremos reducir los riesgos que conlleva la manipulación de cargas deberemos tener en cuenta el peso, el tamaño y la forma de la carga, y también las posturas y la frecuencia de la repetición de los movimientos que realizan los trabajadores cuando es necesaria la manipulación manual.
También, la manipulación de cargas se relaciona fácilmente con la fatiga física, dando lugar a distintas lesiones, tales como sobreesfuerzos en manos, muñecas, brazos, hombros y cuello.
Cuando sea necesario manipular las cargas de forma manual se emplearán todos aquellos medios disponibles que reduzcan la probabilidad de un accidente. Siempre que sea posible se utilizarán herramientas mecánicas, por ejemplo carretillas elevadoras, grúas, etc.

No hemos de olvidar que los conductores profesionales también se ven expuestos a los "accidentes con forma no traumática", es decir, enfermedades cuyo comienzo o emperoramiento es repentino, sobre todo infartos, derrames cerebrales y similares (enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares). Una de cada cinco muertes producidas por accidente laboral en España se deben a un accidente con forma no traumática.

GOLPES CON HERRAMIENTAS Y OTROS OBJETOS 

  • Se producen por:
    • Emplear herramientas poco indicadas para trabajos.
    • Usar herramientas defectuosas
    • No emplear elementos de protección individual (botas, guantes, gafas,....)
    • Posturas incorrectas en el trabajo.
  • Causando:
    • Magulladuras
    • Hematomas
    • Fisuras en huesos
    • Fracturas de huesos

SOBREESFUERZOS

  • Se producen por:
    • Posturas incorrectas y mantenimiento prolongado de las mismas.
    • Movimientos repetitivos
    • Levantar pesos excesivos
    • Manipular la carga de forma inadecuada
  • Causando:
    • Problemas de circulación sanguínea
    • Hernias discales
    • Problemas de espalda (lumbalgias,...)
    • Problemas de próstata

CAIDA DE OBJETOS AL MANIPULARLOS

  • Se producen por: 
    • Agrupamiento incorrecto
    • Elementos de sujeción deteriorados.
    • La maquinaria que realiza la manipulación sobrecargada.
    • Uso de maquinaria inadecuada.
  • Causando:
    • Rozaduras
    • Contusiones
    • Fracturas

APLASTAMIENTO POR VUELCO DE LA MAQUINARIA PESADA

  • Se producen por:
    • Velocidad excesiva.
    • Colocación incorrecta de la carga
    • Suelo desnivelado
    • Escasa visibilidad
  • Causando:
    • Magulladuras
    • Luxaciones
    • Fracturas
    • Amputaciones
    • Muerte
Aunque tienen menor incidencia que los accidentes de trabajo, también se dan entre los trabajadores del sector del transporte determinadas enfermedades profesionales.

Se define la enfermedad profesional como toda aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, y que esté provocada por la acción de los elementos  o sustancias que se emplean o están presentes durante la realización del trabajo.

Desde el punto de vista técnico, enfermedad profesional o derivada del trabajo es aquel deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas, sean éstas producidas por el ambiente en que se desarrolla el trabajo o por la forma en que está organizado.

ENFERMEDADES PROFESIONALES RECONOCIDAS EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE

  • Sordera originada por el ruido.
  • Parálisis del nervio radial (en el antebrazo) por compresión del mismo, provocada por posturas forzadas y movimientos repetitivos.
  • Fatiga de las vainas tendinosas (Inflamación de los tendones de la muñeca y de los dedos por roce y movimiento repetitivo).
  • Bursitis (Inflamación de la bolsa llena de líquido que se encuentra entre el tendón y la piel o entre el tendón y el hueso).
  • Lesiones dermatológicas provocadas por contacto con hidrocarburos, alquitrán, aceites minerales y otros.
  • Enfermedades osteoarticulares por vibraciones mecánicas.
  • Otras enfermedades vinculadas al transporte de productos determinados (cloro licuado, manganeso y sus compuestos, algunos plaguicidas, etc.).
Los conductores de camión y de autobús están entre los profesionales con más probabilidades de sufrir este tipo de accidentes, ya que estas profesiones tienen en común determinadas características, tales como el estar mucho tiempo sentado (sedentarismo) y la ansiedad que produce este tipo de trabajo. A su vez, el estar expuestos de forma continua a los humos de los motores diesel y monóxido de carbono puede influir en la incidencia de este tipo de accidentes.
Entre los distintos factores responsables de que se produzca una enfermedad profesional o de que se desencadene o agrave una enfermedad común podemos destacar la concentración de agentes contaminantes en el ambiente de trabajo, el tiempo de exposición, las características personales de cada individuo, la relatividad de la salud y la presencia de varios agentes contaminantes al mismo tiempo.

DESCARGAS ELÉCTRICAS

  • Se producen por:
    • Cables y enchufes deteriorados
    • Conexiones inadecuadas.
    • Contacto de la carga con tendidos eléctricos.
  • Causando:
    • Quemaduras
    • Traumatismos
    • Paradas cardíacas
    • Muerte

PROYECCIÓN DE LÍQUIDOS CONTRA EL CUERPO

(Líquidos a temperaturas elevadas, alta presión o contaminados con sustancias nocivs)

  • Se producen por:
    • No adoptar precauciones en las labores de mantenimiento
    • Limpieza de cisternas o cajas del vehículo en condiciones inadecuadas
  • Causando:
    • Hematomas
    • Lesiones dermatológicas
    • Lesiones oculares

INCENDIOS

  • Se producen por:
    • Circuitos eléctricos deteriorados
    • Calentamiento del motor
    • Escapes de combustible
    • Cigarros mal apagados
  • Causando:
    • Quemaduras
    • Asfixia
    • Muerte

EXPOSICIÓN A SUSTANCIAS TÓXICAS

  • Se producen por:
    • Utilización de envases en mal estado
    • Llenar los envases por encima de su capacidad 
    • Verter sustancias tóxicas por un accidente
    • Manipulación de este tipo de sustancias sin protección adecuada
    • Vehículos en funcionamiento en espacios cerrados y sin ventilación
  • Causando:
    • Intoxicación
    • Lesiones dermatológicas y oculares
    • Asfixia
    • Muerte

ATROPELLOS Y/O HERIDAS PRODUCIDOS EN TRABAJOS DE MANTENIMIENTO

  • Se producen por:
    • Caída de objetos
    • Manipulación de líquidos
    • Empleo de material no adecuado
    • Manipulación de elementos sin la protección adecuada
  • Causando:
    • Magulladuras
    • Hematomas
    • Fracturas
    • Quemaduras
    • Muerte
También podéis ver otro apartado para ver un poco más sobre todo esto que ya hemos visto pinchando el siguiente boton:


ELEMENTOS DE SEGURIDAD A BORDO DEL AUTOBUS

Los autobuses y autocares de un solo piso destinados al transporte colectivo de personas con capacidad para más de 22 plazas, excluido el conductor, están sometidos desde el 1 de octubre de 1977, al Reglamento nº36 sobre prescripciones uniformes relativas a las características de construcción de los vehículos de trasporte público de personas, anejo al Acuerdo de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de piezas y equipos para vehículos de motor, con las enmiendas propuestas por el Reino Unido, que entraron en vigor el 8 de febrero de 1982.

A este reglamento se le unieron, posteriormente, otros sobre construcción de autobuses de menos de diecisiete plazas, Reglamento nº52, sobre resistencia de la superestructura, Reglamento nº66 y vehículos de dos pisos en el Reglamento nº 107, también algunas Directivas de la Unión Europea.

MEDIOS DE PREVENCIÓN Y EQUIPOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS


En el compartimento motor no debe utilizarse ningún material de insonorización inflamable o susceptible de impregnarse de carburante o de lubricante, salvo si aquél está recubierto de un revestimiento impermeable.
Los orificios de llenado de los depósitos de carburante no deben ser accesibles más que desde el exterior de vehículo y no deben encontrarse a menos de 50 centímetros de una puerta, si el depósito es de gasolina, ni a menos de 25 centímetros, si el depósito es diésel, tampoco deben estar situados en el compartimento de viajeros.
Los tapones de los orificios de llenado  de los depósitos de carburante deben estar concebidos y construidos de manera, que no puedan abrirse accidentalmente.

En cuanto a los depósitos de carburante no deberán encontrarse a menos de 60 centímetros de la parte de delantera del vehículo, y ninguna parte debe sobresalir de la anchura total de la carrocería. Todos los cables deben estar bien aislados y protegidos para resistir la temperatura y la humedad a la que están expuestos.

Ningún cable utilizado en los circuitos eléctricos debe transmitir corriente de intensidad superior a la admisible para aquél. Y deben estar bien protegidos y fijados sólidamente de tal forma que no puedan ser dañados por corte, abrasión o roce.
Las baterías deben también estar sólidamente fijadas y deben ser fácilmente accesibles.
En cuando a los EXTINTORES deben preverse emplazamientos para uno o varios extintores, de los que uno debe estar situado en las proximidades del asiento del conductor, así como uno o varios botiquines de primeros auxilios.

RESISTENCIA DE LA SUPERESTRUCTURA




Por cálculo o por otro método adecuado deberá establecerse que la estructura del vehículo es bastante sólida para soportar una carga estática uniformemente repartida sobre su techo, igual al peso máximo técnico del vehículo, hasta un máximo de 10 toneladas.

ACONDICIONAMIENTO

Los asientos deben tener unas dimensiones mínimas, así como también los espacios entre ellos. Determinados asientos, contarán con elementos fijos de protección para proteger e impedir que un viajero, ante un frenazo, pueda ser proyectado hacia el pozo de escalera.
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Los escalones tienen delimitada su altura máxima y su profundidad mínima, además también serán antideslizantes. La iluminación interior debe ser de tipo eléctrico y estar concebida de manera que se ilumine suficientemente el habitáculo de  los pasajeros, particularmente en la zona de los peldaños y en los lugares en los que pueden presentarse obstáculos.

Las barras y asideros de sujeción deben tener resistencia adecuada. Y deben estar concebidos e instalados de manera que no presenten para los viajeros riesgos de heridas.

El diseño del interior de estos vehículos, así como la colocación de los distintos elementos debe evitar aumentar las consecuencias en caso de siniestro, especialmente a los conductores incumbe cuidar de la colocación de los equipajes de mano, desde el punto de vista de la seguridad.

SALIDAS 

El número mínimo de puertas de servicio, varía en función de la categoría del vehículo, pero deben tener dos puertas como mínimo: una puerta de servicio y una puerta de socorro o bien dos puertas de servicio. En el caso de vehículos articulados, cada uno de los vehículos rígidos se considerará como vehículo separado a efectos del cálculo mínimo de salidas a prever. Además de las puertas y ventanas de socorro, podrán exigirse en algunos vehículos, trampillas de evacuación en el techo.


Las puertas de servicio y las puertas de socorro, deben poder ser abiertas fácilmente desde el interior y desde el exterior del vehículo. Las puertas de servicio deben estar situadas en el lado próximo al borde de la calzada (dependerá del país en el que esté matriculado el vehículo para su explotación), y una puerta de servicio, como mínimo, debe estar situada en la mitad delantera del vehículo. Toda la salida de socorro debe estar señalizada con la inscripción "salida de socorro" en el interior y exterior del vehículo.

CINTURONES DE SEGURIDAD

Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, en los autobuses: por el conductor y pasajeros de más de 3 años de edad en los asientos equipados con cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados.

Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y peso.

Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere a los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.

ÚLTIMOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD

Hay determinadas marcas de vehículos que equipan desde hace tres años el "sistema de aviso de cambio involuntario de carril". Este sistema utiliza cámaras para controlar que el vehículo no supera las líneas delimitadoras de la carretera y, en el caso de que se produzca esta salida sin accionar el intermitente, avisa al conductor mediante una señal. El aviso del cambio involuntario de carril es ya un elemento de seguridad habitual en todas las marcas de autocares que circulan por las carreteras españolas y ayuda a evitar una de las circunstancias más habituales de los accidentes, el despiste del conductor por cansancio.

Otro elemento de seguridad activa que equipan ya habitualmente de serie los autocares, o como opción, es el programador de velocidad adaptativo, que mantiene una distancia constante con el vehículo que circula delante. En caso de que ese vehículo frene o se detenga, el sistema del autocar lo detecta y, combinado con el uso del freno motor, el ralentizador y los frenos de las ruedas, frena el vehículo. Este sistema puede incluso llegar a detener completamente el autobús sin la intervención del conductor.


El control de trancción y el de estabilidad (ESP) son equipamientos de serie en muchos modelos que están actualmente en el mercado, y forma parte del listado de opciones en el resto. En las colisiones frontales entre autocares y automóviles, el conductor y los ocupantes del turismo son los que tienen mayor riesgo de sufrir daños importantes. En muchos de los casos, el automóvil se empotra debajo del autocar, de manera que las áreas de deformación del vehículo dejan de tener efecto.

El Fups es un elemento de acero situado detrás del paragolpes delantero del autocar que impide que el turismo se empotre debajo. El diseño absorbe parte de la energía que se genera durante el impacto y, al evitar el empotramiento, permite que las zonas de deformación del automóvil puedan trabajar adecuadamente y proteger a sus ocupantes.


Además, protege los componentes mecánicos del autocar que están en la parte delantera.
A estos elementos se suma desde septiembre la obligatoriedad de que los pasajeros de los autocares lleven abrochados el cinturón de seguridad, en los vehículos que lo tienen instalado. algo que será obligatorio en todos los que se matriculen a partir de enero de 2007.
Las estructuras de las butacas también se están modificando para que absorban la energía del cuerpo que está en ellas y para evitar que, en los casos en que el pasajero de la butaca posterior no se ha abrochado el cinturón, pueda aplastar al que se sienta delante. El tacógrafo es un aparato de control, obligatorio con carácter general, salvo autobuses de líneas regulares cuyo recorrido sea inferior a 50 kilómetros.

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